¿Tu cliente debe pagarte el internet como freelancer? La verdad sobre la NOM-037
Desde que entró en vigor la NOM-037-STPS-2023 en diciembre de 2023 surgió una creencia popular en el mundo freelance: “Mi cliente debe reembolsarme el internet porque trabajo desde casa.” La realidad jurídica es distinta y entenderla puede ahorrarte conflictos innecesarios con tus clientes.
¿Qué es la NOM-037-STPS-2023?
Es la Norma Oficial Mexicana sobre condiciones de seguridad y salud en el teletrabajo, publicada por la Secretaría del Trabajo y Previsión Social. Complementa al artículo 330-A de la Ley Federal del Trabajo (reformado en 2021) que reguló por primera vez el teletrabajo en México.
¿Qué obligaciones impone al patrón?
Cuando un trabajador subordinado realiza más del 40% de su jornada desde un lugar distinto al centro de trabajo, el patrón debe:
- Proporcionar las herramientas necesarias (computadora, silla ergonómica, impresora cuando aplique).
- Asumir el costo de los servicios de telecomunicaciones, principalmente internet.
- Cubrir la parte proporcional del consumo de electricidad.
- Garantizar condiciones ergonómicas y de seguridad.
- Capacitar al trabajador en el manejo de las herramientas tecnológicas.
Estos derechos están dirigidos a quienes tienen una relación de subordinación laboral: empleados con contrato, IMSS, prestaciones, jornada definida y autoridad directa del patrón.
Por qué NO aplica al freelancer
Un freelancer (o trabajador independiente, según el artículo 285 del Código Civil Federal) no es trabajador subordinado. Es un prestador de servicios profesionales que:
- Emite facturas en lugar de recibir recibo de nómina.
- Determina su propio horario y método de trabajo.
- Asume el riesgo del negocio (clientes, herramientas, equipo).
- No recibe prestaciones (aguinaldo, vacaciones, IMSS por parte del cliente).
- Puede tener múltiples clientes simultáneamente.
Al no haber subordinación, no existe la figura del patrón y por lo tanto tampoco la obligación de reembolsar internet, electricidad ni equipo.
Cuidado con la subordinación encubierta
Algunos “freelancers” en realidad operan bajo subordinación de facto: horario fijo, exclusividad, dependencia económica de un solo cliente, uso de herramientas del cliente. En estos casos un juez laboral puede reclasificar la relación como laboral y obligar al “cliente” a cubrir todas las prestaciones de ley. Si esta es tu situación, vale la pena revisar el esquema con un abogado.
Cómo proteger tu independencia legal
- Factura tus servicios: nunca aceptes pagos en efectivo o transferencia sin CFDI.
- Define entregables, no horarios: tu contrato debe describir qué entregas, no cuándo trabajas.
- Mantén varios clientes: depender 100% de uno solo es un riesgo legal y financiero.
- Usa tu propio equipo: aunque parezca un detalle, refuerza tu autonomía.
Cómo deducir el internet (y otros gastos) en tu declaración
Aunque el cliente no pague tu internet, el SAT sí permite deducirlo si tributas en el régimen adecuado. En el Régimen de Actividades Empresariales y Profesionales puedes deducir:
- Servicios de internet y telefonía (porcentaje proporcional al uso laboral).
- Electricidad y agua (porcentaje proporcional).
- Renta o porcentaje del crédito hipotecario asignado al espacio de trabajo.
- Equipo de cómputo (depreciación).
- Software, cursos y capacitación.
- Honorarios contables y legales.
En el RESICO (Régimen Simplificado de Confianza) no se permiten deducciones, pero la tasa es menor (1% a 2.5% según ingresos). Cubrimos este tema en detalle en el siguiente artículo.
Conclusión
La NOM-037 es un avance importante para trabajadores en home office formal, pero no debe interpretarse como una obligación para tus clientes si eres freelancer. Tu independencia es tu mayor activo: defínela claramente en contratos, factúrala y dedúcela. Si quieres construir un negocio freelance sólido, entender tu marco legal es el primer paso.
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